A falta del fallo de la Corte Constitucional, la Cámara de Representantes y el Senado de la República, aprobaron la nueva de ley de seguridad ciudadana, la cuál destaca por endurecer las penas en ciertos delitos y entrega ciertos beneficios al momento de que algún ciudadano ejerza la legítima defensa al interior de su hogar o vehículo. 

Lo que busca la norma es especificar los espacios en los cuales se puede ejercer la “legítima defensa privilegiada” ante la invasión de un extraño, e incorporar la palabra “violencia” en la manera como este extraño ingrese en la propiedad privada.

En el artículo que habla sobre el homicidio agravado sobre servidores y exservidores públicos periodistas, jueces de paz, defensores de derechos humanos, miembros de organizaciones políticas o religiosas y miembros de la Fuerza Pública cuando estén en procedimientos regulados por la ley se hizo un cambio de estilo en la numeración de los casos.

Este artículo, que está orientado a la protección de la vida de los líderes sociales, aumenta la pena por este delito entre 40 y 50 años de prisión, que es actualmente, a entre 41 años y medio y 58 años y 3 meses de cárcel.